jueves, 21 de octubre de 2010

ENMIENDAS A LOS PRESUPUESTO GENERALES DEL 2011

ENMIENDA PRESENTADA POR LAS ORGANIZACIONES MAYORITARIAS DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA: FERE-CECA, EDUCACIÓN Y GESTIÓN, CECE, FED-ACES, UECOE, FECC, APSEC, FSIE, FE-USO, FETE-UGT,FE-CCOO.
ENMIENDA QUE PRESENTA EL GRUPO PARLAMENTARIO … AL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADOPARA 2011.
AL ANEXO IV. MÓDULOS ECONÓMICOS DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA EL SOSTENIMIENTO DE CENTROS CONCERTADOS.
Modificación.
Modificación de las cuantías de todas las partidas de cada uno de los módulos de todas las enseñanzas del Anexo IV consignando y manteniendo el mismo importe aprobadopor la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
Justificación:
1) RESPECTO AL IMPORTE MINIMO QUE DEBEN REFLEJAR TODOS LOS MODULOS:
En cumplimiento de la Disposición adicional vigésimo séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación el importe mínimo legal que se ha de aprobar para todas las partidas de los módulos de conciertos para el año 2011 es el mismo que se aprobó por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, a través de su Anexo IV.
La modificación que se propone, entendemos que no comporta un incremento del gasto en los presupuestos generales del Estado.
2) RESPECTO A LAS PARTIDAS CORRESPONDIENTES A SALARIOS DEL PERSONAL DOCENTE Y GASTOS VARIABLES:
En el caso de las retribuciones del personal docente en pago delegado, mientras para las de los funcionarios docentes se prevé la congelación de las mismas en el importe anual correspondiente al 2010, la reducción en un cinco por ciento de las partidas destinadas afinanciar los salarios del personal docente de los centros privados concertados puede suponer un nuevo recorte adicional al que ya han soportado las retribuciones de este personal en el año2010. Téngase en cuenta a este respecto que las Consejerías de Educación de las distintas Comunidades Autónomas ya vienen aplicando desde junio de 2010 una rebaja salarial del 5% al personal docente en pago delegado de los centros sostenidos con fondos públicos, según ellas, derivada de la aplicación en sus respectivos territorios del Real Decreto-ley 8/2010, de 20de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.
La previsión de rebaja en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011,podría conducir a una reducción total del 10 % en el salario del personal docente de los Centros concertados.
Por otra parte, de producirse un nuevo recorte salarial, debido a la disminución de lafinanciación mínima de las partidas que recoge el Anexo IV, se iría en contra también del artículo 117.4 de la LOE que establece que las cantidades correspondientes a los salarios del personal docente en pago delegado de los centros concertados deben posibilitar la equiparación gradual de su remuneración con la del profesorado público de las respectivas etapas. Una nueva rebaja produciría el efecto contrario al previsto legalmente en la LOE, ya que supondría un retroceso respecto al estado actual de analogía retributiva entre los mismos que se haya podido alcanzar hasta el 2010, en cada una de las Comunidades Autónomas.
3) RESPECTO A LAS PARTIDAS DE OTROS GASTOS:
Además, el citado incumplimiento de la Disposición Adicional Vigésimo Séptima de la LOEque traería consigo la aprobación de la reducción en un 1,67% de todas las partidas de “otrosgastos” de los diferentes módulos de concierto, se añadiría al incumplimiento ya existente de lo establecido en los artículos 88.2 y 117 apartados 1 y 3 de la LOE, en virtud de los cuales las Administraciones educativas deben dotar a los centros de los recursos necesarios para asegurar que puedan impartir las enseñanzas objeto de concierto en condiciones de gratuidad .

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