PROYECTO DE LEY PRESUPUESTOS 2011 ,MÓDULOS ECONÓNICOS.
El pasado 24 de noviembre, fuimos convocados a una reunión con el Equipo Técnico de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, el Equipo Técnico de la Dirección General de Personal y representantes de la Patronal de Enseñanza Privada Concertada.
Tema a tratar:
El proyecto de ley de presupuestos para 2011, que establece lo siguiente:
Incremento de los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
A.- Complemento Retributivo de Canarias (CRC)
El CRC para el año 2011 se abonará con las siguientes cantidades para los diferentes niveles educativos:
1.- Para el profesorado de Educación Infantil y Primaria, diplomados que imparten Primer y segundo curso de la ESO, de Educación Especial y Profesores de Pedagogía Terapéutica:
IMPORTE MENSUAL: 247,14 €
IMPORTE ANUAL: 3459,96 €
2.- Para los profesores de Tercer y Cuarto curso de ESO, Licenciados de Primer y Segundo curso de la ESO, Bachillerato LOGSE, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Grupos de diversificación curricular y Programas de Cualificación Profesional Inicial:
IMPORTE MENSUAL: 208,86 €
IMPORTE ANUAL: 2924,04 €
B.- Tablas salariales de los Convenios Colectivos.
Al personal docente de los centros concertados ubicados en Canarias se le abonará la cantidad correspondiente a lo establecido en las tablas salariales de los Convenios Colectivos de aplicación en el año que se trate, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1.- En el concepto retributivo del plus de residencia no se podrá superar el incremento previsto para los funcionarios docentes de esta Comunidad Autónoma en el mismo concepto y ejercicio presupuestario.
2.- En los demás conceptos retributivos no se podrá superar el incremento que, para cada uno de ellos, disponga los módulos económicos de la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de Centros Concertados que se aprueban en la ley de Presupuestos Generales del Estado en cada ejercicio presupuestario.
C.-Índice Corrector (IC).
Con la finalidad de lograr la equiparación de las retribuciones de la Enseñanza Concertada con el 90% de las retribuciones de la enseñanza pública, el personal docente de la enseñanza concertada, cuyas retribuciones anuales sean inferiores al 90% de las retribuciones anuales del personal docente funcionario del mismo nivel educativo tendrá derecho a percibir un concepto retributivo denominado Índice Corrector (IC).
El importe anual del IC es la diferencia existente entre las retribuciones anuales de la enseñanza concertada y el 90% de las retribuciones anuales del personal docente funcionario del mismo nivel educativo. No se tendrán en cuenta para realizar la comparación los conceptos retributivos derivados de la antigüedad ni del ejercicio de cargos directivos, jefaturas de departamento (éstas no se pagan en Canarias).
Este concepto retributivo será abonado en 14 mensualidades y no tendrá carácter consolidable. Cualquier variación en el importe de las retribuciones anuales de la enseñanza concertada o de la pública implicará la correspondiente variación del importe anual del IC.
El Índice Corrector para el 2011 será el siguiente:
TF/GC / Resto Islas.
Ed. Infantil y Primaria. 57,21 / 54,54
Educación Especial. 4,67 / 0,00
PT. 52,45 / 0,00
Infantil no Integrada. 109,86 / 0,00
1er. Ciclo ESO. Dipl. 121,02 / 118,34
1er. Ciclo ESO. Lic. 152,21 / 172,98
2º Ciclo ESO, CF,GM,GF. 11,39 / 4,09
Bachillerato. 0,00 / 0,00
Cabe señalar que, con respecto a la ley del año anterior, existen tres modificaciones esenciales:
1. L a reducción del CRC en un 5%.
2. Equiparación del CRC correspondiente a los licenciados de 1º y 2º de la ESO con la de los docentes de 3º y 4º curso.
3. Nueva redacción del apartado que regula el índice corrector con la intención de definir este concepto retributivo en la forma en que venía aplicando hasta ahora.
Tema a tratar:
El proyecto de ley de presupuestos para 2011, que establece lo siguiente:
Incremento de los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
A.- Complemento Retributivo de Canarias (CRC)
El CRC para el año 2011 se abonará con las siguientes cantidades para los diferentes niveles educativos:
1.- Para el profesorado de Educación Infantil y Primaria, diplomados que imparten Primer y segundo curso de la ESO, de Educación Especial y Profesores de Pedagogía Terapéutica:
IMPORTE MENSUAL: 247,14 €
IMPORTE ANUAL: 3459,96 €
2.- Para los profesores de Tercer y Cuarto curso de ESO, Licenciados de Primer y Segundo curso de la ESO, Bachillerato LOGSE, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Grupos de diversificación curricular y Programas de Cualificación Profesional Inicial:
IMPORTE MENSUAL: 208,86 €
IMPORTE ANUAL: 2924,04 €
B.- Tablas salariales de los Convenios Colectivos.
Al personal docente de los centros concertados ubicados en Canarias se le abonará la cantidad correspondiente a lo establecido en las tablas salariales de los Convenios Colectivos de aplicación en el año que se trate, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1.- En el concepto retributivo del plus de residencia no se podrá superar el incremento previsto para los funcionarios docentes de esta Comunidad Autónoma en el mismo concepto y ejercicio presupuestario.
2.- En los demás conceptos retributivos no se podrá superar el incremento que, para cada uno de ellos, disponga los módulos económicos de la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de Centros Concertados que se aprueban en la ley de Presupuestos Generales del Estado en cada ejercicio presupuestario.
C.-Índice Corrector (IC).
Con la finalidad de lograr la equiparación de las retribuciones de la Enseñanza Concertada con el 90% de las retribuciones de la enseñanza pública, el personal docente de la enseñanza concertada, cuyas retribuciones anuales sean inferiores al 90% de las retribuciones anuales del personal docente funcionario del mismo nivel educativo tendrá derecho a percibir un concepto retributivo denominado Índice Corrector (IC).
El importe anual del IC es la diferencia existente entre las retribuciones anuales de la enseñanza concertada y el 90% de las retribuciones anuales del personal docente funcionario del mismo nivel educativo. No se tendrán en cuenta para realizar la comparación los conceptos retributivos derivados de la antigüedad ni del ejercicio de cargos directivos, jefaturas de departamento (éstas no se pagan en Canarias).
Este concepto retributivo será abonado en 14 mensualidades y no tendrá carácter consolidable. Cualquier variación en el importe de las retribuciones anuales de la enseñanza concertada o de la pública implicará la correspondiente variación del importe anual del IC.
El Índice Corrector para el 2011 será el siguiente:
TF/GC / Resto Islas.
Ed. Infantil y Primaria. 57,21 / 54,54
Educación Especial. 4,67 / 0,00
PT. 52,45 / 0,00
Infantil no Integrada. 109,86 / 0,00
1er. Ciclo ESO. Dipl. 121,02 / 118,34
1er. Ciclo ESO. Lic. 152,21 / 172,98
2º Ciclo ESO, CF,GM,GF. 11,39 / 4,09
Bachillerato. 0,00 / 0,00
Cabe señalar que, con respecto a la ley del año anterior, existen tres modificaciones esenciales:
1. L a reducción del CRC en un 5%.
2. Equiparación del CRC correspondiente a los licenciados de 1º y 2º de la ESO con la de los docentes de 3º y 4º curso.
3. Nueva redacción del apartado que regula el índice corrector con la intención de definir este concepto retributivo en la forma en que venía aplicando hasta ahora.
Con todo esto en la nómina de enero podemos apreciar una diferencia con respecto a las nóminas de final de 2010.
Educación Inf. Y Primaria. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
Educación Especial. -8,34€ y con un descuento anual de 649,13€.
PT. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
Infantil no Integrado. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
1er. Ciclo de ESO. DIPL. 5,46€ y un descuento anual de 568,28€.
1er. Ciclo de ESO. LIC. 5,46€ y un descuento anual de 834,44€.
2º Ciclo de ESO, CF GM y GS. 0,40€ y un descuento anual de 869,89€.
Bachillerato. -10,99€ y un descuento anual de 542,89€.
Esperamos que esta información sea de interés. Si necesitan alguna aclaración al respecto, no duden en ponerse en contacto con nosotros.
Educación Inf. Y Primaria. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
Educación Especial. -8,34€ y con un descuento anual de 649,13€.
PT. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
Infantil no Integrado. 5,13€ y con un descuento anual de 554,86€.
1er. Ciclo de ESO. DIPL. 5,46€ y un descuento anual de 568,28€.
1er. Ciclo de ESO. LIC. 5,46€ y un descuento anual de 834,44€.
2º Ciclo de ESO, CF GM y GS. 0,40€ y un descuento anual de 869,89€.
Bachillerato. -10,99€ y un descuento anual de 542,89€.
Esperamos que esta información sea de interés. Si necesitan alguna aclaración al respecto, no duden en ponerse en contacto con nosotros.
FETE UGT, mano a mano con los/as trabajadores/as de sector.
buenas tardes:
ResponderEliminaracabo de ver, con sorpresa, que la nómina del mes de noviembre me la han reducido en 53€ ¿sabrían decirme a qué es debido esto?
Buenos días. LA verdad es que con tan poca información es difícil saber cuál es el motivo de ese descuento. De entrada sólo se me ocurre pensar en que te han regulado el IRPF. Compara la nómina con la del mes anterior y comprueba si existe algún cambio en el Índice Corrector. De no ser así comprueba directamente el porcentaje del IRPF. Si te siguen las dudas haznos llegar la nómina. Saludos.
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